Los Colegios Profesionales conocen las necesidades de la sociedad, dan soporte al ejercicio profesional y vigilan la buena práctica de sus miembros. Las Universidades forman profesionales de alta cualificación y trabajan en la investigación y desarrollo de las disciplinas que dan fundamento a cada profesión. Ambas instituciones están por tanto llamadas a una estrecha colaboración.
FRANCISCO SANTOLAYA OCHANDO
Los Colegios Profesionales jugamos un papel relevante en colaboración con las Universidades para mejorar las actividades que ambas desarrollamos. La misma Ley que regula los Colegios en España (1) establece entre sus funciones (art.5, apartados e y f):
-Participar en los “Patronatos Universitarios”, empleando la antigua terminología(2), que ahora se refiere a los Consejo Sociales, órganos de participación de la sociedad en las universidades, que deben ejercer como elemento de interrelación entre la sociedad y la universidad.
-Participar en la elaboración de los planes de estudio e informar las normas de organización de los Centros docentes correspondientes a las profesiones respectivas y mantener permanente contacto con los mismos y preparar la información necesaria para facilitar el acceso a la vida profesional de los nuevos profesionales.
Hay que tener en cuenta que los Colegios Profesionales tenemos un contacto directo con las necesidades de la sociedad, que determinan las competencias y los servicios que debe prestar cada profesión en su ámbito. Por otra parte, las Universidades juegan un papel clave en la formación de los profesionales de alta cualificación, así como en la investigación y desarrollo de las disciplinas que dan fundamento a cada profesión. En consecuencia, resulta muy importante la colaboración entre ambas instituciones para que las disciplinas académicas y profesiones vayan mejorando de manera continua.
Las necesidades en formación e investigación que la sociedad demanda tienen en los colegios profesiones un vehículo perfecto para llegar a las universidades, y, a la vez, la innovación que nazca en la universidad, tanto en formación como en investigación, podrá echar raíces más fácilmente en las distintas áreas profesionales si vehicula su desarrollo a los colegios profesionales.
La Organización Colegial de la Psicología de España (3) se pone en marcha en 1980 (4) y estamos plenamente comprometidas con este enfoque de cooperación, junto con el ámbito académico universitario. Prueba de ello es la existencia del Foro de la Psicología, una plataforma que agrupa a la Conferencia de Decanos y Decanas de Psicología de las Universidades Españolas(5) , el Colectivo de Estudiantes de Psicología y la Organización Colegial (6), así como la relación constante que mantenemos entre las tres entidades, celebrando reuniones y participando en los eventos (Jornadas, Congresos…) que organizamos respectivamente.
Otra evidencia destacada de la colaboración entre el colegio profesional y las universidades fue la que tuvo lugar para abordar la no lejana reforma universitaria conocida como “Plan Bolonia” y que dio como resultado el Libro Blanco del Título de Grado en Psicología de la ANECA (7), documento de referencia para el desarrollo de los planes de estudio de estas titulaciones de Psicología de las Universidades españolas.
Los planes de estudio de psicología, en la actualidad definidos en gran medida competencialmente, se han beneficiado del análisis y definición que el Colegio Profesional ha hecho de las competencias que la profesión requiere. Incluso antes del “Plan Bolonia”, las organizaciones profesionales de la Psicología, incluyendo el colegio profesional, desarrollamos una labor fundamental en la determinación de las competencias profesionales de las psicólogas y psicólogos, orientando cómo deben ser las titulaciones universitarias y demás acciones formativas que preparan para ejercer nuestra profesión. A este respecto es debe destacar:
-El Certificado Europeo EuroPsy (8), un referente europeo de calidad para la formación y la práctica en Psicología, que acredita que el profesional tiene una formación universitaria de cinco años y, al menos, uno de práctica profesional supervisada, con unas detalladas competencias mínimas, acordado por las diferentes Asociaciones que tienen capacidad oficial para ordenar las profesiones en los países europeos y que nos agrupamos en la European Federation of Psychologists’ Associations (efpa) (9).
-Las Acreditaciones Profesionales del Consejo General de la Psicología de España(10), que definen unos estándares de calidad mínimos formativos y competenciales para los psicólogos y las psicólogas de diferentes especializaciones y áreas de la Psicología.
Estas certificaciones no tienen hasta ahora un valor legal vinculante, no son requisitos obligados para el ejercicio profesional, pero constituyen un reconocimiento social de excelencia. Además, como destacamos, tienen la utilidad de poder ser tomados como referentes por las autoridades educativas y Universidades para la definición de las titulaciones que ofertan, así como para priorizar las investigaciones y desarrollos científicos de la Psicología que tienen una mayor aplicación profesional. De hecho, el Cerfificado Europeo EuroPsy es guía y rúbrica en la asignatura de “Practicum” de muchos de los planes de estudio de psicología de las universidades españolas.
Los Colegios Profesionales pueden y deben jugar un papel creciente en este ámbito en España. Su contacto cotidiano con la realidad laboral permite detectar las necesidades sociales, las nuevas exigencias competenciales, redefiniendo y desarrollando certificaciones profesionales que son muy útiles para en la definición de las titulaciones universitarias.
No estaría de más que se diera un paso adicional en este campo y se empezara a dar un mayor reconocimiento legal a estas acreditaciones, por ejemplo, estableciendo que son méritos tenidos en cuenta para el acceso al empleo público, o requisitos complementarios a las titulaciones oficiales y necesarias para el ejercicio profesional en algunos ámbitos especializados.
También podría ser conveniente regular mejor la participación de los Colegios en la elaboración y reforma de las titulaciones universitarias de su ámbito profesional, que a día de hoy se limitan a la presencia de algún miembro de la organización colegial en las comisiones de acreditación que evalúan la propuesta y puesta en marcha de nuevos títulos de grado y postgrado.
Tal vez se podría establecer la necesidad de incluir, siempre, un informe colegial sobre la viabilidad profesional del nuevo título, y atender a las recomendaciones sobre las competencias con más aplicación profesional.
Algunos borradores sobre los nuevos procesos de acreditación de títulos apuntan en esa dirección ya, y en realidad es algo, que en psicología ya ocurrió en cierto modo cuando en la universidad hubo que desarrollar el Máster en Psicología General Sanitaria, ante la necesidad de regular ese ámbito competencial de la profesión, y probablemente haya sido la colaboración entre el Colegio Profesional y la universidad más intensa y relevante de la última década.
Las anteriores propuestas y colaboraciones no se pueden tachar de injustificadas o descabelladas, teniendo en cuenta que en algunos otros países, especialmente en los de tradición sajona, se va mucho más allá, siendo las organizaciones profesionales las que verifican si se poseen las cualificaciones profesionales necesarias, realizando exámenes para la obtención de licencias que son imprescindibles para ejercer la profesión.
Y finalmente, y en lo relativo a ese ejercicio de la profesión, hay que tener presente que el Código Deontológico, piedra angular del Colegio Profesional, es una competencia básica en todos los planes de estudio del grado de psicología de todas las universidades españolas, lo que inevitablemente une organización profesional y universidad de manera indisoluble.
1. Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales
2. DECRETO 1873/1965, de 16 de junio, por el que se crean los Patronatos Universitarios
3.Consejo General de la Psicología de España
4.Ley 43/1979, de 31 de diciembre, sobre creación del Colegio Oficial de Psicólogos
5. Conferencia de Decanos y Decanas de Psicología de las Universidades Españolas
6. Colectivo de Estudiantes de Psicología (CEP-PIE)
7.ANECA (2005): Libro Blanco del Título de Grado en Psicología
8. Certificado Europeo EuroPsy
9. European Federation of Psychologists’ Associations (efpa)
10. Acreditaciones Profesionales del Consejo General de la Psicología de España
FRANCISCO SANTOLAYA OCHANDO es Presidente del Consejo General de la Psicología de España.
2 Comentarios
Los comentarios están cerrados.