Mejorar las prácticas no pasa por imponer más restricciones, sino por garantizar un ecosistema de colaboración

Entrevista Carmen Palomino, directora general de la Fundación Universidad-Empresa

«Es imprescindible contar con una legislación clara, que refuerce el carácter educativo de las prácticas sin introducir barreras innecesarias. No se puede generar un marco normativo basado en el miedo o en la sospecha de fraude generalizado, sino en la confianza y el compromiso de todos los actores implicados. Para que las entidades de acogida se impliquen en el proceso formativo del estudiantado, deben contar con seguridad jurídica y reglas del juego bien definidas, sin cambios constantes que generen incertidumbre», señala Carmen Palomino, directora general de la Fundación Universidad-Empresa


El Libro Blanco de las Prácticas es el resultado de un trabajo coral y consensuado entre seis entidades significativas dentro del ámbito de la educación superior y el sector empresarial en España. Promovido por la REDFUE, en su elaboración han colaborado la CRUE (Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas), la Conferencia de Consejos Sociales de las Universidades Españolas (CCS), la CEOE, el Consejo de Estudiantes Universitarios del Estado (CEUNE), la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE), y la Cámara de Comercio de España. Los trabajos realizados para la elaboración del documento han sido coordinados por Carmen Palomino, directora general de la Fundación Universidad-Empresa (FUE).

¿Qué ha llevado a la Red de Fundaciones Universidad-Empresa (REDFUE) a elaborar el Libro Blanco de las Prácticas, la primera guía sobre las prácticas académicas externas de formación reglada universitaria y las estancias formativas de formación profesional?

    La elaboración del Libro Blanco de las Prácticas responde a la necesidad de aportar claridad en el debate sobre las prácticas académicas dentro del sistema educativo reglado y de ofrecer un marco de referencia basado en datos objetivos.

    En los últimos años se ha generado una gran confusión entre las prácticas académicas, que forman parte de los planes de estudio en universidades y formación profesional, y otras fórmulas vinculadas a políticas activas de empleo, como los contratos en formación o las prácticas no laborales. Estas últimas no tienen un carácter educativo ni forman parte del sistema de enseñanza reglada, pero a menudo se presentan erróneamente como equivalentes​.

    El Libro Blanco busca diferenciar con precisión estas realidades y garantizar que cualquier regulación futura parta de un enfoque académico y formativo, respetando la normativa vigente y evitando restricciones que limiten el acceso de los estudiantes a experiencias prácticas esenciales para su desarrollo profesional​.

    Además, este documento ha sido fruto del consenso y se ha elaborado con la participación de todos los actores implicados: la comunidad académica, el sector empresarial y los estudiantes. Su objetivo es servir como una herramienta útil para diseñar políticas que aseguren la calidad de las prácticas y su alineación con los planes de estudio​

    La elaboración del Libro Blanco de las Prácticas responde a la necesidad de aportar claridad en el debate sobre las prácticas académicas dentro del sistema educativo reglado

    Cuando hablamos de prácticas con frecuencia nos referimos a realidades muy distintas que, sobre todo, el estudiantado desconoce. ¿Nos podría explicar qué tipo de actividades se engloban bajo este concepto en el sistema universitario español?

      En el sistema universitario español, la legislación vigente establece que solo existe un tipo de prácticas: las prácticas académicas externas, que pueden adoptar dos modalidades: Curriculares: forman parte del plan de estudios y tienen una carga de créditos ECTS asignada. Extracurriculares: son voluntarias y permiten al estudiante complementar su formación con experiencia práctica adicional.

      Ambas están reguladas por el Real Decreto 592/2014, que establece su naturaleza estrictamente formativa y garantiza que el sistema de supervisión, tutorización y evaluación sea el mismo en ambas modalidades​.

      Para que una práctica académica externa se considere válida dentro del sistema universitario, debe cumplir con los siguientes requisitos:

      Estar vinculada a la formación académica del estudiante. Contar con un tutor académico y un tutor en la entidad de acogida. Realizarse dentro del marco de un convenio de cooperación educativa y tener una duración y horario compatibles con la actividad académica del estudiante, asegurando que su desarrollo no interfiera con el correcto seguimiento de los estudios​.

      Este marco normativo garantiza que todas las prácticas académicas externas cumplan con los mismos estándares de calidad y contribuyan de manera efectiva a la formación del estudiantado.

      ¿Son las prácticas un derecho de los estudiantes que deben garantizar las universidades?

        Según la normativa vigente, las prácticas curriculares forman parte del plan de estudios y son obligatorias para la obtención del título, por lo que las universidades tienen la responsabilidad de garantizar su realización. Esto no implica que deban asignar directamente una plaza a cada estudiante, pero sí que deben ofrecer un número suficiente de plazas a través de convenios de cooperación educativa con entidades de acogida, facilitar el acceso a las mismas mediante procedimientos claros y equitativos, y prever alternativas en casos excepcionales, como actividades académicas equivalentes, cuando no sea posible realizarlas en una entidad externa.

        Por otro lado, las prácticas extracurriculares, que son voluntarias, están reguladas por el mismo Real Decreto 592/2014, pero la universidad no está obligada a garantizar su realización, sino a supervisarlas y asegurarse de que cumplan con los estándares de calidad.

        El reto actual es garantizar un equilibrio entre la oferta de prácticas y la demanda estudiantil, asegurando que el marco normativo permita mantener una amplia disponibilidad de plazas sin generar barreras innecesarias que dificulten el acceso a experiencias formativas clave para la empleabilidad del estudiantado​.

        El reto actual es garantizar un equilibrio entre la oferta de prácticas y la demanda estudiantil

        En el II Informe de satisfacción del estudiantado de Espacios de educación superior volvió a quedar patente la muy diferente disposición de prácticas suficientes y adecuadas por parte de los estudiantes según estudiaran en universidades públicas o privadas. ¿Cómo puede estar incidiendo esta percepción en el crecimiento de la captación de estudiantes en las universidades privadas?

          La diferencia en la disponibilidad de prácticas entre universidades no necesariamente responde a una mayor o menor capacidad de gestión, sino que puede estar vinculada a los objetivos formativos de cada institución. Algunas universidades pueden dar mayor peso a la empleabilidad como parte de su modelo educativo, mientras que otras pueden enfocarse en la carrera investigadora o académica, lo que influye en la estructura de sus planes de estudio y en la integración de prácticas externas.

          Es cierto que la percepción de que ciertas universidades ofrecen más oportunidades de prácticas puede influir en la elección del estudiantado, especialmente en un contexto donde la empleabilidad es un factor clave. Sin embargo, más allá del número de prácticas disponibles, lo realmente fundamental es que estas sean de calidad, estén alineadas con la formación académica del estudiante y contribuyan a mejorar su empleabilidad, asegurando que cumplen su función dentro del sistema educativo​.

          Disponer del talento universitario en los procesos de reclutamiento de personal de las empresas debería generar una dura competencia entre ellas. ¿Por qué cuesta en España encontrar empresas que quieran incorporar estudiantes en prácticas?

            Esta situación está directamente relacionada con el mercado laboral y con un desajuste entre la oferta de estudiantes en prácticas y la demanda de las empresas. Según los datos recogidos en el Libro Blanco de las Prácticas, existen sectores con una alta concentración de estudiantes que no siempre encuentran una oferta de prácticas acorde a su formación, mientras que en otras áreas existe una escasez de perfiles cualificados, lo que genera una falta de correspondencia entre el sistema educativo y las necesidades reales del tejido productivo​.

            Además de esta cuestión estructural, hay factores normativos y administrativos que complican la gestión de las prácticas. En España existen más de 90 universidades, cada una con su propio modelo de gestión de prácticas, lo que supone una gran diversidad de procedimientos y requisitos para las empresas que desean acoger estudiantes. A esto se suman dificultades burocráticas derivadas de la necesidad de firmar convenios específicos con cada universidad, diferencias en los sistemas de tutorización y evaluación, y la falta de un marco unificado que facilite la relación entre el mundo académico y el empresarial.

            Por otro lado, también influyen la inseguridad jurídica provocada por cambios normativos constantes y una percepción errónea sobre las prácticas, en parte alimentada por el debate público en torno a los llamados «falsos becarios». Esta narrativa ha llevado a que algunas empresas opten por no participar en programas de prácticas por miedo a posibles sanciones o interpretaciones erróneas de su papel en la formación del estudiantado​.

            Para mejorar esta situación, es esencial establecer mecanismos de coordinación más eficientes entre universidades y empresas, garantizar un marco normativo estable y claro, y promover una mejor alineación entre la formación académica y las necesidades del mercado laboral.

            la percepción de que ciertas universidades ofrecen más oportunidades de prácticas puede influir en la elección del estudiantado

            ¿Sucede en España la misma desconexión entre estudiantes y empleadores sobre el desarrollo de competencias que se ha detectado en EE.UU.?

              En España, el debate sobre la alineación entre las competencias adquiridas en la universidad y las necesidades del mercado laboral también existe, aunque el sistema educativo ha avanzado significativamente en los últimos años para reducir esta posible brecha. La consolidación de las prácticas académicas externas en los planes de estudio y el crecimiento de la formación dual en FP y en la universidad han favorecido que el estudiantado adquiera competencias clave para su inserción laboral​.

              Desde la Fundación Universidad-Empresa (FUE) se viene analizando esta cuestión a través de un estudio iniciado en 2019, en el que se mide la evolución de las competencias de los estudiantes que participan en sus programas formativos. Los resultados muestran que, tras realizar unas prácticas de calidad, los estudiantes experimentan una mejora significativa en competencias clave como la capacidad de resolución de problemas, el trabajo en equipo, la comunicación eficaz y las habilidades digitales, con incrementos de hasta un 20% en algunos casos​.

              A pesar de estos avances, sí existen indicios de que algunos sectores empresariales tienen dificultades para encontrar perfiles ajustados a sus necesidades. Según datos del Libro Blanco de las Prácticas, un 80% de las empresas encuestadas reconoce haber tenido problemas para cubrir determinados puestos, lo que sugiere que aún hay margen de mejora en la alineación entre la formación académica y las demandas del mercado​.

              El reto está en seguir fortaleciendo la relación entre el mundo académico y el empresarial, asegurando que las prácticas formativas no solo complementen la formación teórica, sino que también preparen a los estudiantes con las habilidades que realmente demandan las empresas

              ¿Cuáles son las condiciones para realizar las prácticas en las administraciones públicas?

                Las prácticas en administraciones públicas tienen exactamente las mismas condiciones y requisitos que las realizadas en empresas o en cualquier otra entidad de acogida.

                Sin embargo, existe un problema real que ya ha quedado patente con la obligación de cotizar a la Seguridad Social, una medida que generó graves dificultades para muchas administraciones, ya que no disponían de los recursos para asumir este coste. De hecho, la administración fue uno de los primeros sectores en manifestar su incapacidad para hacer frente a esta cuestión, lo que obligó al Ministerio de Educación y a las universidades a asumir ese gasto.

                Si ahora se establece por ley la obligación de compensar económicamente los gastos de los estudiantes en prácticas, la situación será aún más compleja. Muchas administraciones no podrán asumir este coste, lo que inevitablemente reducirá o incluso eliminará la posibilidad de realizar prácticas en el sector público. Esto tendría un impacto directo en el sistema universitario, donde más del 60% de las prácticas se realizan en administraciones públicas, incluyendo ayuntamientos, comunidades autónomas y ministerios​.

                Es fundamental reflexionar sobre las consecuencias de esta medida, ya que, lejos de mejorar la calidad de las prácticas, podría restringir el acceso de los estudiantes a un número significativo de oportunidades formativas

                más del 60% de las prácticas se realizan en administraciones públicas, incluyendo ayuntamientos, comunidades autónomas y ministerios​

                Internet ha abierto nuevas posibilidades de trabajo, y lógicamente para las prácticas universitarias. ¿Cuál es el marco normativo para estas actividades?

                  Actualmente, no existe una regulación específica para las prácticas en remoto, pero deben cumplir con los mismos requisitos establecidos en la legislación vigente. Esto significa que, independientemente de la modalidad en la que se realicen, deben garantizarse aspectos clave como la tutorización efectiva, la vinculación con la formación del estudiante y la evaluación de competencias adquiridas.

                  Sin embargo, nuestra experiencia, especialmente tras la pandemia de la COVID-19, ha demostrado que la tutorización en remoto no es equivalente a la tutorización presencial. Es necesario desarrollar nuevas metodologías y recursos específicos que permitan acompañar al estudiante de manera adecuada en un entorno digital, evitando que su aprendizaje se vea afectado por la falta de contacto directo con su tutor o equipo de trabajo.

                  También es importante entender que existen sectores donde las prácticas en remoto no solo son viables, sino necesarias, como en áreas tecnológicas, diseño digital, análisis de datos o investigación. En estos casos, establecer limitaciones en función del número de horas presenciales no tiene sentido y supone una restricción artificial. Como en cualquier otro tipo de práctica, lo fundamental no debe ser la cantidad de horas, sino la calidad del aprendizaje y la garantía de que la experiencia formativa cumple con los estándares pedagógicos adecuados.

                  En este sentido, la formación dual en la FP ya ha incorporado modelos híbridos donde una parte de la formación práctica se desarrolla en remoto. La normativa actual reconoce esta posibilidad siempre que se garantice la tutorización y el cumplimiento de los objetivos formativos. Este modelo puede servir como referencia para el ámbito universitario, asegurando que la formación a distancia no suponga una pérdida de calidad, sino una oportunidad para adaptar el aprendizaje a las necesidades de cada sector y estudiante​.

                  El debate no debe centrarse en imponer límites arbitrarios, sino en asegurar que las prácticas, sean presenciales o en remoto, mantengan su carácter formativo y permitan al estudiante adquirir las competencias necesarias para su desarrollo profesional.

                  ¿Cómo ha incidido la obligatoriedad de la dualidad en la formación profesional superior?

                    En este momento, no se puede extraer ninguna conclusión definitiva sobre la implantación de la FP Dual, ya que su despliegue real todavía no ha alcanzado la fase en la que los estudiantes están plenamente integrados en el tejido productivo. Actualmente, lo que ha sucedido es que el 100% del alumnado de FP se ha matriculado en la modalidad dual, pero en estos primeros meses la mayoría ha permanecido en el centro formativo, sin haber iniciado aún su periodo de formación en empresas.

                    Para poder evaluar su impacto real, será necesario esperar hasta junio de 2026, cuando finalicen los primeros grupos formados íntegramente bajo este nuevo modelo. Solo entonces se podrá analizar con rigor si la FP Dual está cumpliendo sus objetivos de mejorar la empleabilidad del estudiantado y facilitar su inserción en el mercado laboral.

                    Uno de los grandes retos será comprobar si el tejido empresarial tiene la capacidad de absorber a todos estos estudiantes y asumir el papel que les otorga la formación dual. A diferencia de las prácticas tradicionales, en este modelo las empresas no solo acogen estudiantes, sino que deben formarles directamente, lo que implica una mayor dedicación de recursos y una adaptación de sus estructuras.

                    Además, hay que tener en cuenta que cada comunidad autónoma ha desarrollado su propio modelo de FP Dual, lo que en teoría puede ser interesante porque permite ajustar la formación a las necesidades del tejido productivo local. Sin embargo, esta diversidad de enfoques también supone un desafío para las empresas, especialmente para aquellas que operan en varias comunidades, ya que deben ajustarse a regulaciones y estructuras de formación diferentes en función de cada territorio.

                    Por tanto, aunque la generalización de la FP Dual representa un avance significativo en la conexión entre educación y empleo, será fundamental realizar un análisis detallado de cada modelo autonómico y de la capacidad real de las empresas para asumir este rol formador, garantizando que el sistema sea viable y beneficioso tanto para los estudiantes como para el tejido productivo.

                    Las prácticas académicas externas tienen una finalidad formativa, y su regulación debe garantizar que sigan siendo un instrumento de aprendizaje, no un sustituto de un contrato de trabajo

                    ¿Cuál es su valoración sobre el Anteproyecto de Ley del «Estatuto del Becario»?

                      Es positivo que se impulse una legislación que aclare que en España las prácticas formativas solo pueden realizarse en el marco del sistema educativo reglado. Esto supone un avance importante, ya que garantiza un marco normativo claro, lo que puede animar a más empresas e instituciones a acoger estudiantes en formación y evitar la proliferación de prácticas que en realidad no lo son.

                      Sin embargo, lo que no podemos admitir es que esta regulación se haga desde una perspectiva laboral en lugar de educativa. Las prácticas académicas externas tienen una finalidad formativa, y su regulación debe garantizar que sigan siendo un instrumento de aprendizaje, no un sustituto de un contrato de trabajo.

                      Regular las prácticas desde una óptica laboral provocará confusión y errores en la interpretación de los derechos y deberes de los estudiantes en formación. Es previsible que algunos estudiantes consideren que deben tener los mismos derechos que un trabajador, cuando su rol es completamente distinto. Además, se difuminará la diferencia entre un contrato formativo y unas prácticas académicas, dificultando aún más la comprensión del sistema.

                      Otro problema importante es que el anteproyecto impone cada vez más trabas a las entidades de acogida. Si se obliga a una compensación de gastos sin mecanismos claros de financiación, muchas entidades públicas y privadas podrían dejar de ofrecer prácticas, reduciendo drásticamente las oportunidades para el estudiantado.

                      Por último, no se puede legislar pensando en que hay un fraude masivo cuando los datos no lo avalan. Según la Inspección de Trabajo, entre 2021 y 2023 se detectaron 1.598 casos de «falsos becarios» en 4.194 inspecciones, lo que representa un 5,37% de irregularidades. Esto demuestra que el fraude no es generalizado, sino que se da en casos concretos que deben perseguirse sin afectar a todo el sistema.

                      En conclusión, es necesario regular las prácticas para reforzar su carácter educativo, pero siempre desde un enfoque formativo y teniendo en cuenta la amplia legislación previa existente en España, que ya regula de manera clara las prácticas académicas externas en el ámbito universitario y de la formación profesional. Cualquier modificación debe partir de este corpus normativo sin generar inseguridad jurídica ni confusión terminológica. La legislación debe hacerse a favor de algo, no en contra de algo, promoviendo un sistema que garantice la calidad de las prácticas sin generar barreras innecesarias que perjudiquen tanto a estudiantes como a entidades de acogida.

                      ¿Cuál es la situación de las prácticas universitarias en España comparadas con otros países de la UE?

                        España cuenta con un marco normativo sólido en materia de prácticas académicas externas, regulado por el Real Decreto 592/2014, que establece un modelo claro para su desarrollo dentro del sistema educativo reglado. En comparación con otros países de la Unión Europea, donde en muchos casos no existe una regulación tan explícita, el sistema español aporta mayor seguridad jurídica y define con claridad la finalidad formativa de estas experiencias.

                        En países como el Reino Unido, las universidades tienen autonomía para establecer sus propias normativas sobre prácticas, sin un marco regulador común a nivel nacional. En Alemania, las prácticas curriculares están plenamente integradas en los planes de estudio, con una duración que varía entre tres y seis meses, mientras que las extracurriculares están limitadas a 120 días anuales a tiempo completo. Italia permite que las prácticas curriculares se extiendan hasta los doce meses según los créditos asignados en cada titulación, y en Francia, donde las prácticas también están muy extendidas, la legislación establece una duración máxima de seis meses por curso académico y exige la formalización de convenios específicos que detallen las competencias que el estudiante debe adquirir.

                        Uno de los puntos clave del modelo español es que las prácticas académicas externas han demostrado un impacto positivo en la empleabilidad del estudiantado. Según datos del INE, los estudiantes universitarios que han realizado prácticas tienen una tasa de inserción laboral del 91,3%, cuatro puntos por encima de aquellos que no han participado en programas de prácticas. Esto refleja la importancia de mantener y mejorar el actual sistema de prácticas, garantizando que sigan siendo un instrumento clave para la transición entre la universidad y el mundo laboral.

                        los estudiantes universitarios que han realizado prácticas tienen una tasa de inserción laboral del 91,3%, cuatro puntos por encima de aquellos que no han participado en programas de prácticas

                        ¿Nos podría identificar tres propuestas concretas para mejorar el actual sistema de prácticas en las universidades españolas?

                          Para mejorar el sistema de prácticas en las universidades españolas es fundamental fomentar la colaboración con las entidades de acogida, asegurando que estas encuentren en la acogida de estudiantes una oportunidad y no una carga. Esto implica ofrecer incentivos adecuados y mejorar la formación de los tutores, proporcionando herramientas y recursos que faciliten su labor. Un sistema de tutorización sólido no solo beneficia a los estudiantes, sino que también garantiza que las prácticas sean realmente formativas y aporten valor tanto a quienes las realizan como a quienes las supervisan.

                          También es imprescindible contar con una legislación clara, que refuerce el carácter educativo de las prácticas sin introducir barreras innecesarias. No se puede generar un marco normativo basado en el miedo o en la sospecha de fraude generalizado, sino en la confianza y el compromiso de todos los actores implicados. Para que las entidades de acogida se impliquen en el proceso formativo del estudiantado, deben contar con seguridad jurídica y reglas del juego bien definidas, sin cambios constantes que generen incertidumbre.

                          Por último, es necesario reducir la burocracia que rodea a la gestión de las prácticas. Actualmente, las universidades, las empresas y las administraciones deben enfrentarse a trámites excesivos que dificultan la gestión ágil de los convenios y los procesos de tutorización. Simplificar estos procedimientos facilitaría que más entidades se sumaran a la formación del estudiantado y permitiría que los recursos se centren en la calidad de la experiencia formativa en lugar de en la carga administrativa.

                          Mejorar las prácticas no pasa por imponer más restricciones, sino por garantizar un ecosistema de colaboración en el que estudiantes, universidades y entidades de acogida puedan participar de manera efectiva y sin trabas innecesarias.

                          https://www.fue.es/libroblancodelaspracticas/index.asp


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                          Entrevista Alfonso González Hermoso de Mendoza y Lucía Bécquer

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