El Ministerio de Sanidad debería encabezar la recomposición de un servicio esencial en el que debe ser pieza clave el Instituto de Salud Carlos III. ¿Qué ha sido de aquel Instituto de Salud Carlos III y sus centros nacionales de Epidemiología o de Microbiología, entre otros?. Parecen claras las razones para apostar y apoyar el modelo original con las actualizaciones, reformas y refuerzos necesarios.
JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ FUENTES
La preservación de la salud
Cuanto más vamos conociendo sobre la salud y las causas de las enfermedades, mayor se va haciendo la exigencia individual y colectiva por mantener o recuperar las circunstancias óptimas para la preservación de la salud.
Desde la necesidad de la higiene individual y colectiva, pasando por la creación de sistemas seguros de tratamiento de aguas, la implantación de medidas progresivamente más exigentes acompasadas con el avance de los conceptos de sostenibilidad y todo lo relacionado con la preservación y seguridad del medio ambiente, el cuidado minucioso de la seguridad alimentaria, la vigilancia y seguridad de los medicamentos y productos elaborados para el tratamiento de las enfermedades y la higiene, la adopción de medidas cada vez más exigentes con respecto a las posibles exposiciones a agresiones químicas o físicas, etc.
Todo ello cristaliza en la creación de un concepto nuevo: la Salud Pública, cuya meta es promover estilos de vida saludables y mejorar el estado de bienestar a través de programas de promoción y protección de la salud y prevención de las enfermedades.
Pero, tratando de analizar la Salud Pública en España, y a riesgo de discrepar con algún lector, empezaré por un breve apunte sobre mi etapa al frente del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII)-(1996-2000).
Resumiré diciendo que fue allí donde pude comprobar que la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (LGS), promovida durante el primer gobierno socialista por el ministro Ernest Lluch, había previsto y decidido la existencia del Instituto como órgano de apoyo científico y técnico al Sistema Nacional de Sanidad y al servicio de un decidido impulso a la Salud Pública.
Por supuesto, sin obviar que la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica confiere al ISCIII carácter de Organismo Público de Investigación.
La descentralización de las prestaciones sanitarias
Pues bien, creo que debemos preguntarnos qué ha sido de aquel Instituto de Salud Carlos III y sus centros nacionales de Epidemiología o de Microbiología, entre otros. No lo busquen en el organigrama del Ministerio de Sanidad actual.
No lo encontrarán. Hoy podemos decir que, en España, las Comunidades Autónomas han asumido con notable, aunque dispar, eficacia la función asistencial y de cuidado de las personas enfermas y que todas ellas cumplen con el ejercicio de sus prestaciones al servicio de la vertiente preventiva y de protección y promoción de la salud.
Pero choca con esta realidad la escasa relevancia y desarrollo de la competencia de coordinación y soporte técnico y científico del Estado que planificaron los legisladores hasta que fueron topando con las insaciables y miopes apetencias autonómicas y la dejadez de los sucesivos gobiernos.
Nadie discutirá (con matices) el acierto en la descentralización de las prestaciones sanitarias, pero no deberíamos tener que escribir sobre esto cuando tomamos conciencia de que, si siempre es necesaria la información agregada y sistematizada de lo que sucede en el país para dar sustento a cualquier tipo de decisiones, ello cobra carácter crítico cuando estas han de ser adoptadas como reacción a una agresión súbita y brutal contra la salud de todos los ciudadanos.
Porque las grandes amenazas globales desconocen las fronteras territoriales, ante este tipo de situaciones la dispersión de soluciones «locales» enturbian la posibilidad de diseñar las intervenciones acertadas y la rapidez en la adopción de respuestas.
El detonante ha sido la Covid-19, pero el aparente progreso global acelerado y dudosamente seguro y acompasado de nuestras sociedades nos empuja cada vez más cerca de otras situaciones de riesgo provocadas por agentes microbianos o tóxicos, aunque también medioambientales, demográficas, económicas y sociales, incluso las de tipo nuclear.
La necesidad de una información agregada
Vivimos en un país en el que la vigente Constitución Española de 1978 antepone los intereses de las Comunidades Autónomas y pospone, debilita o margina las competencias del Estado. Nos encontramos por tanto con una situación difícil de entender y gobernar e imposible de justificar.
Los distintos servicios de salud ejercen satisfactoriamente las funciones de Salud Pública, disponiendo de magníficos profesionales e instalaciones, pero el Estado es incapaz de potenciar y recurrir a estructuras ¡de las que ya dispone (Dirección General de Salud Pública, Instituto de Salud Carlos III, Agencia Nacional del Medicamento y Productos Sanitarios…)! para asumir su competencia y satisfacer la necesidad de una información agregada permanente que facilite el mejor sistema de vigilancia epidemiológica y permita fundamentar actuaciones coordinadas.
En España tenemos todos los elementos para urdir y disponer de un Sistema de Salud Pública de primer nivel. Es nuestra obligación hacerlo posible, aunque suponga cambios normativos de máxima envergadura.
El Ministerio de Sanidad debería encabezar la recomposición de un servicio esencial en el que debe ser pieza clave el Instituto de Salud Carlos III.
En el año 2018, con el advenimiento del nuevo gobierno, en su Boletín SESPAS , urgía a los responsables a: “Dotar al Estado de mejor inteligencia para guiar las políticas de salud”, lo que entre otras “acciones específicas (9 en total) para la mejora de la salud de la población y el buen gobierno de la salud” incluía: “Crear el Centro Estatal de Salud Pública en cumplimiento de la Ley General de Salud Pública a partir del Instituto de Salud Carlos III y con otros centros en red de las comunidades autónomas como centro científico-técnico de apoyo a las políticas de salud y al Sistema Nacional de Salud.” Competencias estas que por cierto atribuye literalmente la LGS al propio ISCIII.
¿La solución es una Agencia de Salud Pública?
Vino después la pandemia y han transcurrido cuatro años y ahora nos encontramos con que, para colmo, la solución se pretende a través de la suma de otro ente, la llamada Agencia de Salud Pública que dice ser una “iniciativa legislativa (APL) que nace para dar las respuestas necesarias ante los desafíos presentes y futuros en materia de salud pública en España”. Por cierto, y como parece, ¿el nuevo centro dependerá administrativamente del Ministerio de Sanidad?
¿Acabará quedando el ISCIII como un mero Organismo Público de Investigación (OPI)? Parecen claras las razones para apostar y apoyar el modelo original con las actualizaciones, reformas y refuerzos necesarios. La gestión y la investigación en materia de Salud tienen especificidades conocidas que lo justifican.